La acción de regreso de las compañías aseguradoras desde la visión judicial y legislativa cubana
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La acción de regreso por parte de las aseguradoras o entidades de seguros1 les
permite a éstas reclamar al causante de un daño por el cual hubo de indemnizar
a su asegurado, y así intentar el recobro de lo pagado.
Con el análisis de sus requisitos constitutivos, su implementación legislativa, y
el estudio de sentencias judiciales afines, a lo que agregamos el análisis de las
diferencias con el derecho de subrogación, se demuestra su utilidad y necesidad.
Se estudian tres sentencias de la Sala de lo Económico del Tribunal Supremo
Popular; la No. 113 de 30 de abril de 1998, la No. 311 de 31 de julio de 1998,
y la No. 392 del 20 de octubre de 1998; todas a instancia de Seguros
Internacionales de Cuba S.A.; y una sentencia dictada por la sala de lo Civil y
Administrativo del Tribunal Provincial Popular de Ciego de Ávila, la No. 52 de
14 de agosto de 2006, a instancia de la Empresa de Seguros Nacionales (ESEN).
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